Una imagen de archivo de le Ecuafútbol en Guayaquil

Una imagen de archivo de le Ecuafútbol en Guayaquil. Foto: El Comercio

Indignado 1
Triste 0
Contento 0
12 de marzo de 2018 17:19

Una orden judicial determinó cambios en las bases de la licitación de los derechos de TV

Redacción El Comercio

Una orden judicial obligó a la FEF a modificar algunas partes de las bases del concurso por los derechos de TV. La operadora DirecTV fue la única que se presentó oficialmente al nuevo concurso por los derechos de transmisión por televisión del campeonato ecuatoriano.


​En el dictamen judicial, numeral 1, se estableció que: “sustituya el monto económico de 95 millones correspondiente a la garantía para el fiel cumplimiento del contrato por un porcentaje regular que se adecue al monto total del valor del contrato a suscribir sin que se sobre pase los estándares en material contractual”. Esto por un pedido de la operadora, DirecTV.


​Los directivos de los clubes y de la FEF impusieron la garantía de USD 95 millones ante una posible demanda de GolTV, por el contrato firmado el año pasado y que quedó sin efecto por una resolución judicial.


​En el segundo punto de la resolución se deje sin efecto el modelo comercial planteado en las bases. Aquí la FEF y los clubes plantearon cobrar USD 4 a las operadoras interesadas en los derechos y tomó como referencia la cifra de suscriptores al sistema de televisión pagada. Según el Arcotel, en Ecuador hay 1,3 millones de suscriptores.


​Los directivos de los clubes tienen previsto analizar el nuevo dictamen jurídico. En el punto tres se escribió que: “no es aplicable la condición subjetiva para pretender declarar concluido o desierto, el concurso convocado por la accionada”.


​La notaria 53 de Guayaquil, Kelly Sempertegui, fue la encargada de revisar la documentación y de verificar que el primer sobre (con la oferta legal) cuenta con todos los papeles en regla. Varios miembros del Comité Ejecutivo de la Federación Ecuatoriana de Fútbol estuvieron presentes en el acto.


TE PUEDE INTERESAR: